Descolonizar e deslocalizar: radicalidades contra-jurídicas
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La centralidad que sigue imponiendo el régimen colonial europeo moderno es incuestionable. La descolonización, a su vez, es el intento de romper, rechazar y enfrentarse a las múltiples caras de la modernidad/colonialidad. La descolonización traducida en los cuerpos libres, en las luchas o en las ciencias, como resistencia, desobediencia; como encarnación de voces veladas o intencionadamente interrumpidas por el genocidio histórico que comenzó con la invasión de las tierras de Abya Yala (desde 1500, ha habido más invasiones que descubrimientos), persistió en el crimen contra la humanidad de la esclavización de los pueblos de África y que continúa en la bala que mata al niño negro de la periferia que ya no puede ir a la escuela. Para el Derecho, es el desafío de esta sinrazón encarnada, lo que algunos llamarán crítica poscolonial, giro decolonial, revolución anticolonial, praxis rebelde. En estas encrucijadas, Derecho y derechos humanos encajan negación y afirmación, reprobación y testimonio, condición y paradoja, anarquía y uso estratégico, política y litigio.
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